
La compraventa es el contrato por el cual el vendedor se obliga a transferir al comprador la propiedad de un bien, obligándose el comprador a pagar por ello un precio cierto y en dinero.
De acuerdo con las disposiciones vigentes en materia de combate al lavado de dinero, sólo podrán pagarse con dinero en efectivo las operaciones de compraventa que no sobrepasen la cantidad de ocho mil veinticinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación.
Las operaciones con valor superior al señalado deberán ser pagadas a favor del comprador mediante transferencia electrónica.
Para la celebración de un contrato de compraventa y su formalización en Escritura Pública, las partes deberán presentar los siguientes documentos:
EL VENDEDOR:
- Escritura con la que acredita ser el propietario;
- Certificado de libertad de gravamen;
- Acta de matrimonio, en su caso;
- Recibo del Impuesto Predial al corriente;
- Ultimo recibo pagado por consumo de agua potable;
- Constancia de Situación Fiscal Actualizada o Cédula Fiscal;
- Clave Única del Registro de Población (CURP);
- Identificación vigente (credencial para votar con fotografía o pasaporte); y
- Comprobante de domicilio con una antigüedad menor a tres meses.
En caso de que el vendedor sea mexicano por naturalización deberá, además, presentar su carta de naturalización.
En caso de que el vendedor sea de nacionalidad distinta a la mexicana deberá presentar pasaporte vigente de su país de origen y documento migratorio que acredite su legal internación y estancia en el país.
EL COMPRADOR:
- Constancia de Situación Fiscal Actualizada o Cédula Fiscal;
- Clave Única del Registro de Población (CURP);
- Identificación vigente (credencial para votar con fotografía o pasaporte); y
- Comprobante de domicilio con una antigüedad menor a tres meses.
En caso de que el comprador sea mexicano por naturalización deberá, además, presentar su carta de naturalización.
En caso de que el comprador sea de nacionalidad distinta a la mexicana deberá presentar pasaporte vigente de su país de origen, documento migratorio que acredite su legal internación y estancia en el país, y autorización de la Secretaría de Relaciones Exteriores para adquirir el inmueble.
