
Para iniciar la constitución de una Sociedad Civil se requiere:
- Proponer al notario 3 posibles denominaciones de la sociedad civil, en orden de preferencia;
- Contar con 2 socios como mínimo;
- Describir el objeto social, es decir, la actividad con carácter preponderantemente económico que realizará la sociedad civil;
- Determinar la aportación social que efectuará cada socio; y
- Definir la forma de administración (individual o colectiva).
Los socios deberán presentar los siguientes documentos:
- Constancia de Situación Fiscal Actualizada o Cédula Fiscal;
- Clave Única del Registro de Población (CURP);
- Identificación vigente (credencial para votar con fotografía o pasaporte); y
- Datos generales (domicilio, ocupación y estado civil).
